Para Rosen y Proctor (1961, en
Godoy 1993), los resultados finales hacen referencia a los criterios utilizados
para considerar el tratamiento como un éxito. A tales resultados se les
requerirá que tengan validez clínica y social. Estos resultados deben haber
solucionado las demandas del paciente y las condiciones de los agentes sociales
significativos, como sus compañeros de escuela o familiares.
a)
Establecimiento de metas últimas del tratamiento
Resultados finales (metas últimas): es lo que se pretende lograr al final de la
intervención.
Resultados instrumentales
(conductas objetivo):
son aquellas conductas que son suficientes para alcanzar
otros resultados sin intervención adicional. Estos resultados necesitan validez
clínica, es decir, que con ejecutarse, se pueda evidenciar que se está con la
capacidad de afrontar con éxito las conductas clínicas que se está buscando
corregir; y también valorar a la vez que tanto afecta a los resultados finales esperados. En otras
palabras, son esas conductas que hacen referencia a aquellas variables
concretas de la conducta o del contexto en el que ésta se manifiesta y sobre
las que se enfoca el tratamiento (Evans, 1985, en Godoy, 1993).
Los objetivos últimos de la terapia por el
contrario, se expresan en términos de los efectos que deben producir las
conductas cambiadas durante el tratamiento. Es decir, estos cambios deben de
afectar las metas últimas deseadas influyendo en el comportamiento y ambiente
del paciente.
Resultados “intermediarios” del
tratamiento: son aquellos
que facilitan la continuación del tratamiento o posibilitan la aplicación de
determinadas técnicas de intervención.
b)
Establecer los objetivos terapéuticos
Esta fase tiene como propósito,
establecer las conductas meta o conductas objetivo, lo cual constituyen
aquellas clase de conductas a las que se dirige, o sobre la que se centra la
intervención del tratamiento. Estas conductas al manifestarse se supone que
satisfacen las quejas y las demandas del paciente Baer (1982, en Godoy, 1993).
c)
La elección de las conductas meta o conductas
objetivo
Para esto se algunos clínicos según Hayeb (1986b,
en Godoy, 1993) se guían de las siguientes consideraciones:
- Deben combinarse los comportamiento que son física social o económicamente peligrosos para el paciente o para los que le rodean.
- Una conducta es anormal y debe modificarse si es aversiva para el propio sujeto o para otros.
- Se debe cambiar una determinada conducta si así se flexibiliza el repertorio del paciente, de tal forma que se aumenta el bienestar individual y social a largo plazo.
- La conducta a implantar en lugar de la conducta problema debe establecerse en términos positivos y constructivos en oposición a la visión supresora o negativa.
- Deben obtenerse niveles óptimos de funcionamiento, y no sólo niveles medios.
- Se debe seleccionar para su modificación únicamente aquellas conductas que el contexto continuara manteniendo.
- Solo se deben considerar como conductas objetivo aquellas que son susceptibles de ser tratadas.
d)
La prioridad de la conducta objetivo
En una queja de un paciente se tiene que tener en
cuenta que el problema que trae no es “monosintómatico”, es decir siempre que
exista más de una conducta objetivo.
Por lo que en casos de la conducta a modificar se
requiere:
- La conducta que resulte más molesta para el paciente o para los otros de sus familiares, ya que de esta forma el propio paciente o os otros, estarán más motivados a continuar con el tratamiento.
- La conducta más fácil de modificar, ya que los resultados rápidos motivarán al paciente y/o a los otros y los llevarán a esforzarse y a colaborar en los intentos del tratamiento.
- La conducta que produzca la máxima generalización de efectos terapéuticos.
- La primera conducta de la cadena en el caso de que varias conductas constituyan una cadena comportamental.
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